REVISOR ESTRUCTURAL
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El Revisor Independiente de Proyecto de Cálculo Estructural es un ingeniero civil o arquitecto, con inscripción vigente en el Registro del MINVU, que revisa oficialmente el proyecto de cálculo estructural. El MINVU clasifica a los revisores en primera, segunda y tercera categoría, según su experiencia y alcance.
En nuestro caso, la inscripción de Enrique Sepúlveda Bornand como Revisor de 3ª categoría habilita a ESBing para:
- Desarrollar revisión independiente de proyectos de edificación según los rangos de superficie que permite esta categoría.
- Emitir Informes Favorables de Revisión, utilizados por municipalidades y organismos competentes para la tramitación de permisos.
- Complementar nuestros servicios de cálculo estructural, proporcionando una segunda mirada técnica robusta y normativamente reconocida.
Este servicio es complementario al desarrollo del cálculo estructural: no lo reemplaza, lo fortalece. Permite mejorar la calidad final del proyecto, reducir riesgos de errores en obra y aumentar la confianza de mandantes, arquitectos, constructoras, ITO y entidades públicas.
¿Qué es una Revisión Estructural?
La Revisión de Proyecto de Cálculo Estructural es un proceso técnico realizado por un profesional distinto al ingeniero calculista del proyecto, inscrito en el Registro del MINVU. Su objetivo principal es constatar y verificar el fiel cumplimiento de toda la normativa vigente de diseño estructural y construcción, generando una “segunda opinión” experta antes de construir.
Este proceso se lleva a cabo mediante una revisión exhaustiva de:
- Planos estructurales
- Memoria, bases de cálculo y anexos
- Especificaciones técnicas para la construcción
- Fundaciones, uniones y detalles relevantes
El resultado formal de este trabajo es un Informe Favorable de Revisión, documento que deja constancia de que el proyecto ha sido revisado, cumple la normativa y reúne las condiciones exigidas por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones OGUC.
Alcances de la Revisión Estructural
En términos prácticos, la revisión estructural incluye:
- Revisión del proyecto
Análisis del proyecto de cálculo estructural de acuerdo con las normas nacionales vigentes (leyes, decretos y normas técnicas aplicables). - Emisión de observaciones
Formulación de observaciones técnicas al proyecto, cuando corresponde. - Verificación de correcciones
Comprobación de que las observaciones han sido incorporadas correctamente por el ingeniero calculista.
- Informe Favorable de Revisión
Emisión del informe final, en el cual se detallan:
- Nombre, destino, ubicación y superficie de la obra.
- Descripción general de la estructuración y materialidad.
- Normas utilizadas en el cálculo.
- Antecedentes revisados: planos, memorias de cálculo y verificaciones.
- Observaciones y conclusiones.
- Anexos: certificados, patente profesional y certificado de vigencia del Revisor.
¿Qué proyectos deben considerar Revisión Independiente?
De acuerdo con la OGUC y la normativa asociada, deben presentar informe favorable de revisión estructural, entre otros:
- Edificios de uso público.
- Conjuntos de viviendas cuya construcción haya sido contratada por los Servicios de Vivienda y Urbanización.
- Conjuntos de viviendas sociales de 3 o más pisos.
- Conjuntos de viviendas no sociales de 3 o más pisos.
- Edificios de 3 o más pisos destinados exclusivamente a oficinas privadas.
- Edificios que deban mantenerse en operación en emergencias, como hospitales, cuarteles de bomberos y policías, centros de control de servicios energéticos o sanitarios, emisoras de telecomunicaciones, entre otros.
- Edificios cuyo cálculo estructural se basa en normas extranjeras, las que deben ser declaradas al solicitar el permiso.
- Estructuras que tengan más de 100 personas de carga de ocupación.
Lunes - Viernes 08:30 - 19:00
+56 9 5193 3624
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